tag:blogger.com,1999:blog-8259756428153527077.post7285453710527651915..comments2023-11-05T03:41:13.392-08:00Comments on Caminos posibles: Unknownnoreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-8259756428153527077.post-15191697940474536742010-05-05T13:04:08.556-07:002010-05-05T13:04:08.556-07:00ARGENTINA_buenas noticias en materia de empleo pub...ARGENTINA_buenas noticias en materia de empleo publico<br /><br />>> POR FAVOR DIVULGAR POR TODOS LOS MEDIOS DISPONIBLES <<<br /><br />En junio 2008 y mediante la Ley 26.378, Argentina apruéba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006.<br /><br />Una normativa reciente (marzo 2010) reglamenta la implementacion de la respectiva Ley 22431 en resguardo del cupo laboral que obliga al Estado Nacional —entendiéndose por tal los tres Poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos<br /><br />A esas dos normas se puede acceder mediante los links que a continuación detallamos:<br /><br />-------------------------------------------------------------------------<br />Decreto 312/2010<br />http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/164909/norma.htm<br />Reglamentación de la Ley Nº 22.431.<br />SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS<br />-------------------------------------------------------------------------<br /><br />Resolución Secretaría de la Gestión Pública Nº 56/2010<br />http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/165000-169999/166061/norma.htm<br />Sistema de Información para el Control del Registro y Actualización de los cargos y contratos desempeñados por personas discapacitadas en la Administración Pública Nacional.<br />------------------------------------------------------------------------<br /><br />Este avance, largamente postergado, nos compromete a una campaña concienzuda de difusión que anime a las PCD para que consulten y se interioricen de sus derechos y exijan el cumplimiento de las obligaciones que las instituciones publicas deben respetar.<br /><br />saludos cordiales,<br />HJ<br /><br />Lic. Hector J. Luna<br />Trabajo & Diversidad Funcional<br />http://inclusionlaboral.blogspot.com/HJ Lunahttps://www.blogger.com/profile/11566477902628935209noreply@blogger.com